Avanza proyecto sobre suspensión provisoria de licencia de conducir

La Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones aprobó en general el proyecto que modifica la Ley de Tránsito para ampliar los supuestos de procedencia de la suspensión provisoria de licencia de conducir (boletín 18469). La iniciativa busca extender esta medida cautelar a todos los delitos de tránsito que tengan asignada la suspensión o cancelación de la licencia de conducir como pena principal o accesoria.

Actualmente, la legislación permite decretar la suspensión provisoria de licencia únicamente en casos de conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia de sustancias estupefacientes o psicotrópicas. El proyecto propone reemplazar esta restricción por una regla más amplia, permitiendo su aplicación en cualquier delito vial que contemple la suspensión de la licencia como sanción.

La moción, promovida por el diputado Ignacio Achurra, critica que, en casos de conducción temeraria, donde incluso se circuló a más de 260 kilómetros por hora en una autopista urbana, el conductor mantuvo su licencia durante la investigación.

Suspensión provisoria de licencia

Durante la sesión expuso el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), Alberto Escobar. En su presentación, sostuvo que el exceso de velocidad constituye el principal factor de mortalidad vial en el país. De acuerdo con los antecedentes entregados, la velocidad imprudente provocó 4.486 fallecimientos entre 2016 y 2025 y fue responsable de 378 muertes durante 2025.

Asimismo, expuso que el número de delitos asociados a la denominada Ley de Conducción Temeraria aumentó de manera sostenida desde su entrada en vigencia. Por esto, la suspensión provisoria de licencia cumpliría una función cautelar y preventiva, ya que busca evitar que conductas que ponen en riesgo grave la vida de terceros puedan repetirse mientras se desarrolla una investigación penal.

Sin embargo, también se señaló que el debate particular deberá considerar algunos aspectos para su adecuada implementación. Entre ellos, mencionó la necesidad de definir con precisión las conductas alcanzadas por la norma, asegurar la proporcionalidad entre delitos de distinta gravedad, resguardar el debido proceso y garantizar mecanismos eficaces de fiscalización.

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