La Dirección del Trabajo por medio del Ord. N°1751/35 del 6 de octubre de 2022 indicó que procede indemnizar la totalidad de los períodos de feriado acumulados en caso de término de contrato, aun cuando se exceda el máximo de dos períodos de acumulación que permite la ley. Indicó que estimar que se podría perder alguno de los períodos acumulados, especialmente los que exceden el margen legal...