Tendencias jurisprudenciales sobre las excepciones anómalas

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En los resultados disponibles se observa una tendencia predominante a restringir la aplicación del artículo 310 del Código de Procedimiento Civil fuera del juicio ordinario. El criterio central es que las excepciones de prescripción, cosa juzgada, transacción y pago efectivo —cuando este último se funda en antecedente escrito— no pueden deducirse en cualquier estado del procedimiento si existe una regulación especial sobre la oportunidad y forma de oponer defensas.

1. Regla principal. Improcedencia en el juicio ejecutivo

La Corte Suprema ha sostenido que las excepciones anómalas no son procedentes en el juicio ejecutivo cuando se formulan fuera del plazo propio de dicho procedimiento. La razón es que el juicio ejecutivo cuenta con reglas especiales sobre la oportunidad y forma de oponer excepciones, las que desplazan la aplicación supletoria de la regulación del juicio ordinario.

Juicio ejecutivo y excepción de cosa juzgada

Corte Suprema, Rol 247.751-2023
La Corte confirmó el rechazo, por extemporánea, de una excepción de cosa juzgada deducida como excepción anómala. Enfatizó que el artículo 310 se encuentra previsto para el juicio ordinario y que, existiendo reglas especiales para el procedimiento ejecutivo, las excepciones deben formularse dentro de la oportunidad legal correspondiente.
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Este criterio aparece también en la jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ha calificado como absolutamente improcedente la deducción de excepciones anómalas en el juicio ejecutivo, incluida la excepción de pago, cuando se plantea en una etapa posterior a aquella prevista para la oposición a la ejecución.

Excepciones anómalas en juicio ejecutivo

Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 15.972-2019
La Corte sostuvo que las excepciones anómalas del artículo 310 no resultan aplicables en el juicio ejecutivo, debido a que este procedimiento exige que todas las excepciones sean opuestas conjuntamente y con claridad y precisión.
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En el mismo sentido, la Corte de Apelaciones de Santiago ha razonado que las excepciones de prescripción, cosa juzgada, transacción y pago efectivo deben formularse dentro del plazo propio de la oposición ejecutiva y no en cualquier estado de la causa.

Excepciones anómalas y requisitos temporales en juicio ejecutivo

Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 977-2019, 10 de febrero de 2021
La Corte consideró que la regulación especial del juicio ejecutivo impide aplicar la posibilidad prevista para el juicio ordinario de deducir excepciones anómalas en cualquier estado de la causa. Por tanto, las excepciones deben formularse dentro de los términos propios del procedimiento ejecutivo.
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2. Aplicación restrictiva en procedimientos ejecutivos especiales

La misma tendencia se advierte en el cobro ejecutivo de alimentos. En este ámbito, la Corte de Apelaciones de Santiago descartó que pudieran deducirse excepciones anómalas atendida la existencia de una regulación especial y la estructura del procedimiento.

Cobro ejecutivo de alimentos

Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 409-2015, 25 de mayo de 2015
La Corte estimó improcedente oponer excepciones fuera de la oportunidad legal en un procedimiento ejecutivo de alimentos. Además, señaló que en ese tipo de procedimiento solo resultaba procedente la excepción de pago en los términos admitidos por la regulación especial aplicable, sin que correspondiera abrir una incidencia respecto de otras excepciones planteadas extemporáneamente.
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La importancia de este criterio radica en que la Corte no solo atiende a la denominación de la defensa, sino también a la naturaleza especial del procedimiento y a la existencia de reglas particulares que limitan las oportunidades procesales disponibles para el ejecutado.

3. Improcedencia en el juicio sumario

La Corte de Apelaciones de Santiago también ha rechazado la aplicación de las excepciones anómalas en el juicio sumario. El fundamento es que dicho procedimiento contempla una oportunidad procesal concentrada para que el demandado formule sus defensas, especialmente en la audiencia respectiva.

Excepción de prescripción en juicio sumario

Corte de Apelaciones de Santiago, Rol 5.559-2017, 15 de marzo de 2018
La Corte resolvió que la excepción de prescripción deducida en segunda instancia no podía prosperar, pues el juicio sumario contempla un momento específico para formular defensas y excepciones. En consecuencia, estimó que la regulación de las excepciones anómalas no era aplicable a un procedimiento que no se tramitó conforme a las reglas del juicio ordinario.
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