Segunda Sala decreta el sobreseimiento definitivo por inacción del Ministerio Público

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo deducido por la defensa y decretó el sobreseimiento definitivo de causa tramitada ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, por inacción del Ministerio Público que, tras comunicar el cierre de la investigación, no presentó dentro de plazo la acusación por el delito de receptación de vehículo motorizado.

En fallo unánime dictado el 13 de junio de 2025, causa Rol 19962-2025, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció error en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que rechazó la acción constitucional de amparo.

“Que, así las cosas, habiendo el fiscal del Ministerio Público cerrado oportunamente la investigación y frente a la tardía presentación de la acusación correspondía lisa y llanamente constatar la infracción a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 248 del Código Procesal Penal en consonancia con una clara vulneración a la garantía del amparado a ser juzgado en plazo razonable”, releva el fallo.

La sentencia agregó que «a raíz de lo anterior, la decisión adoptada por la Corte de Apelaciones de Santiago repercutió en una indebida prolongación de la vinculación del amparado con la causa, toda vez que correspondía haber representado y reprochado al Ministerio Público su injustificada inacción”.

“Que, como corolario a lo expuesto, sólo queda constatar la dictación de una resolución judicial fuera de los parámetros establecidos en la ley, la que lesionó la garantía fundamental prevista en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, motivo por el que se acogerá la acción constitucional impetrada”, concluye.

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