La exposición de víctima en accidente de tránsito que permite reducir la indemnización del daño moral

En sentencia dictada el 22 de abril de 2025, Rol 663-2024, la Corte de Apelaciones de La Serena señaló que el demandante principal al exponerse a accidente de tránsito en atención a la velocidad en que guiaba su vehículo configura compensación de culpas y en consecuencia acotar indemnización de daño moral.

El fallo argumentó que «el artículo 2330 del Código Civil prescribe que “La apreciación del daño está sujeta a reducción, si el que lo ha sufrido se expuso a él imprudentemente”. Esta disposición constituye una expresión del principio de compensación de culpas en materia civil, desde que el resultado nocivo es consecuencia tanto del autor del ilícito como de la víctima y deriva en la reducción del monto de la indemnización en atención a que el ofendido se expuso imprudentemente al perjuicio sufrido. El análisis de la referida norma permite aseverar que: a) Es una apreciación, esto es acción y efecto de apreciar, reducir a cálculo o medida la magnitud o intensidad de las cosas, en el caso de autos, el daño indemnizable, por lo que corresponde a una acción de evaluación, tasación, cuantificación, valoración, determinación o calificación monetaria de los perjuicios; b) Está vinculada a la posible reducción del monto en que se cuantifican los daños, que corresponde a la acción y efecto de reducir, esto es, disminuir o aminorar un todo a una parte de ella; c) Requiere la exposición de la víctima«.

Agregó que «la acción y efecto de exponer o exponerse, arriesgar, aventurar, poner una cosa o una persona en contingencia de perderse, dañarse o lesionarse, y d) Tal exposición debe ser imprudente, en que exista culpa por parte de la víctima, que en términos generales se ha expresado puede consistir en un actuar imprudente, negligente, con falta de pericia, inobservancia de reglamentos, deberes o procedimientos. Ahora dichos elementos se encuentran en el análisis del caso concreto, puesto que efectivamente el demandante principal y demandado reconvencional se expuso al daño sufrido en atención a la velocidad en que guiaba su móvil, lo que permite entender que la indemnización por daño moral debe ser acotada, tal como se ha establecido en el fallo apelado«.

Últimas sentencias