Vuelve a la Sala de la Cámara proyecto que tipifica la fuga del conductor en casos de fiscalización

La Comisión de Seguridad Ciudadana aprobó un proyecto que modifica la Ley de Tránsito. Específicamente, tipifica el delito de no detención o fuga del conductor, intimado por la policía con fines de control o fiscalización (boletín 16833).

La Sala aprobó en general la norma en enero pasado. No obstante, al ser objeto de indicaciones, regresó a la instancia técnica que terminó desestimado dichas propuestas de enmiendas.

El proyecto toma en consideración que, actualmente, la conducta de huir de la fiscalización vehicular de carabineros no constituye delito alguno. Así, cuando en la huida se causan lesiones o la muerte de terceros, las defensas, en general, plantean que se trata solo de un cuasidelito. En algunos casos, los tribunales acogen esta tesis con penas infinitamente inferiores que si se fuera considerado como conducta dolosa.

Sanciones

En concreto, el proyecto establece para los inculpados la pena de prisión en su grado máximo (41 a 60 días). Además, se aplicará multa de 4 a 6 UTM (entre $269.716 y $ 404.574) y prohibición de seis meses para conducir un vehículo motorizado.

Si se causan daños materiales o lesiones leves, la sanción será de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y la suspensión de licencia por nueve meses.

Ahora, si se provocan lesiones menos graves, se determina presidio menor en su grado medio (desde 541 días hasta 3 años y un día) y prohibición de 18 a 36 meses para conducir.

Finalmente, se estable que si las lesiones son graves o causan la muerte de una tercera persona, la pena será de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) e inhabilitación de 36 a 60 meses para conducir.

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