La Contraloría General tomó razón de la aprobación por parte del Congreso Nacional de la Ley N° 21.695, que establece la implementación de un cargador universal de dispositivos electrónicos en nuestro país, que será aplicable de manera estándar a todos los teléfonos inteligentes, tablets, cámaras, audífonos, parlantes portátiles y videoconsolas portátiles.
Además, incorpora nuevas normas sobre la Protección de los Derechos de los Consumidores. Ello, porque el documento especifica que los proveedores de dispositivos móviles deberán garantizar la interoperabilidad común entre los equipos y sus dispositivos de carga; es decir, deberán estandarizar los puertos de carga a una entrada universal.
Asimismo, se señala los comercializadores deberán ofrecer a los consumidores “la posibilidad de adquirir este tipo de productos con sus dispositivos de carga, o cada uno de ellos por separado, y no podrán atar, ligar o supeditar bajo modo o condición alguna la adquisición de uno de ellos a la del otro”.
La norma establece un periodo de dos años para que los dispositivos de telefonía móvil se comercialicen conforme a la norma, y un plazo de cuatro años para los demás dispositivos móviles de información y telecomunicaciones. El reglamento dictado por el Ministerio de Economía establecerá las categorías o clase de dispositivos a los que se aplicará este criterio.