Corte de Concepción impone condena por falta de servicio de salud al acreditarse que causa de hipoxia perinatal de recién nacido fue el deficiente servicio prestado

Una nueva sentencia condenó a un servicio de salud por deficiencia en la atención a un recién nacido, esta vez a causa de hipoxia perinatal.

El fallo del 4 de septiembre de 2024, Rol 415-2023, señaló que en el «caso concreto, existen dificultades para establecer el vínculo causal atendidos los grados de incertidumbre en relación a la determinación de qué produjo la hipoxia perinatal que afectó al hijo de los demandantes; no obstante, una vez establecido que el servicio prestado a la madre demandante fue deficiente, no debe perderse de vista que, en definitiva, el reproche que se formula a la Administración, es haber demorado la decisión de concluir un embarazo mediante una ces rea que al fin y al cabo hubo de efectuarse en un escenario de mayor riesgo, considerando que de haberla realizado planificadamente o en condiciones distintas a una emergencia, la criatura probablemente no habría sufrido la asfixia que padeció y el daño cerebral pudo no haber estado presente o haber sido de una menor magnitud; de manera que la relación causal existe, porque la secuencia de acontecimientos se encuentran concatenados y no han sido desvirtuados«.

Agregó que «los demandantes, padres del niño nacido con parálisis cerebral por hipoxia, son víctimas directas del daño causado por la falta de servicio que se establece en esta sentencia, y particularmente la madre, que fue sometida a un parto en el que su hijo, con antecedentes de un feto sano, aunque grande, nació asfixiado y con da o cerebral. Lo que evidentemente se traduce en un impacto familiar, de pareja y personal, que quiebra la normal espera de un recién nacido y las expectativas de entrega de afectos entrañables e importa dolor y aflicción para aquellos«.

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