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Las Cortes de Apelaciones tienden a considerar que no respetar un signo “Pare” constituye la causa principal o basal del accidente, especialmente cuando el conductor ingresa a una intersección sin detenerse efectivamente, sin ceder el paso o sin asegurarse de que puede reiniciar la marcha sin riesgo.
De los fallos disponibles se desprenden, en particular, estas tendencias:
1.- La infracción al signo Pare suele ser determinante de la responsabilidad civil y contravencional, pues se la vincula causalmente con la colisión.
2.- Opera como presunción de responsabilidad, usualmente asociada tanto a la falta de atención a las condiciones del tránsito como al incumplimiento de la señalización vial.
3.- La eventual infracción del otro conductor —por ejemplo, exceso de velocidad— no necesariamente desplaza la responsabilidad de quien enfrenta el Pare. Puede justificar una sanción o un reproche propio, pero no elimina que el ingreso imprudente al cruce haya sido la causa basal del accidente.
4.- La prueba de la dinámica del accidente es decisiva. Informes técnicos, antecedentes municipales sobre señalización, fotografías, daños compatibles y testigos permiten establecer quién enfrentaba la señal y si cedió o no el paso.
5.- No basta alegar condiciones adversas de visibilidad o clima para excluir responsabilidad, si la prueba permite concluir que el conductor igualmente ingresó al cruce sin observar el deber reforzado de precaución asociado al signo Pare.
FALLOS REPRESENTATIVOS
Inobservancia del Pare como causa basal del accidente. Corte de Apelaciones de San Miguel, 19 de noviembre de 2018, Rol 283-2018. La Corte concluyó que la conductora que ingresó a un cruce sin respetar el signo Pare, y desatenta a las condiciones del tránsito, incurrió en infracciones que constituyeron la causa principal del choque. Destacó que, de haber cumplido esas obligaciones, la colisión no se habría producido.
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Responsabilidad por atravesar una intersección sin ceder el paso. Corte de Apelaciones de San Miguel, 23 de enero de 2019, Rol 429-2018. La Corte tuvo por acreditado que la conductora no respetó la señal Pare e ingresó sorpresivamente al cruce, colisionando al vehículo que circulaba por la vía preferente. La decisión se fundó en la localización de los daños y la declaración de un testigo.
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Informe SIAT y señal Pare como elementos para determinar la causa del accidente. Corte de Apelaciones de Concepción, 13 de octubre de 2020, Rol 55-2020. La Corte dio especial valor al informe de la SIAT y al antecedente de la Dirección de Tránsito que acreditaba la existencia de un Pare. Consideró que la causa basal fue el ingreso al cruce sin ceder el derecho preferente de paso, descartando que la lluvia configurara caso fortuito o fuerza mayor.
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El exceso de velocidad del otro vehículo no excluye la causalidad basal del Pare. Corte de Apelaciones de Valparaíso, 19 de octubre de 2018, Rol 353-2018. Aunque ambos conductores infringieron señalización, la Corte resolvió que no respetar el Pare fue la causa basal de la colisión. Razonó que, si quien enfrentaba la señal se hubiese detenido y reiniciado su marcha solo en condiciones seguras, el accidente no habría ocurrido. El exceso de velocidad del otro conductor fue considerado una infracción autónoma, pero no desplazó la causalidad principal.
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Detenerse ante el Pare no basta si se ingresa a la vía principal sin condiciones seguras. Corte de Apelaciones de Antofagasta, 9 de septiembre de 2020, Rol 70-2020. La Corte confirmó la responsabilidad del conductor que ingresó desde una vía accesoria a una ruta principal. Aun cuando alegaba haberse detenido ante la señal Pare, se estimó que no acreditó haber reiniciado la marcha en condiciones que eliminaran la posibilidad de accidente; por ello, se mantuvieron las presunciones de responsabilidad en su contra.
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