¿En qué consiste el proyecto que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria?

En condiciones de ser analizado por la Cámara de Diputadas y Diputados, en su tercer trámite quedó el proyecto que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria. Esto, luego que la Sala del Senado despachara los cambios propuestos en particular.

La iniciativa apunta a resolver serios cuellos de botella que afectan al mercado inmobiliario, en especial para las familias de clase media que acceden a viviendas nuevas, y sus objetivos son:

1) Apoyar a las familias de clase media en el acceso a la vivienda propia, mediante un subsidio directo a la tasa de interés de créditos hipotecarios destinados a viviendas nuevas de hasta 4.000 UF de valor.

2) Establecer una habilitación legal para implementar un programa de garantías para la recuperación productiva regional con foco inicial en la región del Biobío, pero con extensión a otras regiones del país de manera focalizada y fundada.

3) Entre los puntos más relevantes del proyecto se cuenta: establecer un subsidio a la tasa de interés; se incorpora un subsidio de hasta 60 puntos base sobre la tasa de interés asociado al crédito hipotecario para la compra de viviendas nuevas. Este beneficio será compatible con el Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva (Fogaes), creado por la ley N° 21.543; y se asignarán hasta cincuenta mil subsidios y, dentro de ese universo, seis mil estarían reservados para personas que cumplan con los requisitos del DS-15 del año 2024 y del DS-19 del 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, o que hayan obtenido esos subsidios.

4) Se incorporó, además, la complementariedad y compatibilidad entre subsidios. A propuesta de la Comisión de Hacienda se aclaró que el subsidio a la tasa es compatible con los subsidios habitacionales del DS-19 y del DS-1, lo que permite una política más coherente para
la clase media y sectores emergentes.

«Muchas familias tenían estos subsidios, pero no podían materializarlos porque no les alcanzaban los recursos y era muy importante ver de qué manera se podía mejorar su posición crediticia», precisó la senadora Rincón.

5) Se establecen las causales de extinción del subsidio en el texto legal, de modo que no quede sujeto exclusivamente a reglamentos posteriores.

6) En cuanto a las tasas de referencia, el Ministerio de Hacienda podrá determinar una o más tasas de referencia por tipo de institución financiera. Esto se hace para evitar que el subsidio sea absorbido por la entidad financiera sin trasladarse al beneficiario final. En ese sentido se propuso la necesidad de estandarizar criterios, fortalecer la transparencia del sistema y considerar la creación de un observatorio de tasas por parte de la Comisión para el Mercado Financiero.

7) Respecto al Fondo de Garantías para la Recuperación Productiva y Regional se incorpora un programa de garantías orientado a la
reactivación productiva en regiones rezagadas.

«Si bien el Ejecutivo justificó el foco inicial en la región del Biobío, producto del cierre de la siderúrgica Huachipato y una importante brecha de inversión, la Comisión de Hacienda expresó su preocupación por otras regiones igualmente rezagadas, como Arica y Parinacota; Valparaíso, especialmente Viña del Mar, tras los incendios recientes», explicó la senadora Rincón.

De este modo se incorporó además lo siguiente:

-Sustituir la redacción original por una que habilita al Ejecutivo a activar ese fondo en cualquier región del país, según criterios fundados.

-Establecer que los Ministerios de Hacienda y de Economía deberán revisar anualmente -y no cada tres años, como se planteó originalmente- la situación económica regional.

-Incorporar la obligación de informar a las Comisiones de Hacienda del Congreso durante el mes de enero de cada año sobre las decisiones y evaluaciones realizadas respecto a las regiones.

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