La Sala de la Cámara inició el análisis de las modificaciones propuestas por el Senado al proyecto (boletín 15805) que estable reglas del uso de la fuerza (RUF). En términos generales, la propuesta tiene por objeto establecer los principios y reglas para su uso por parte del personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública.
También aplica al personal de las Fuerzas Armadas cuando es llamado a cumplir funciones de resguardo del orden público y de la seguridad pública interior. Asimismo, en la protección de los recintos militares, conforme con la Constitución y la ley.
Para tales efectos, la norma define como uso de la fuerza la facultad o potestad del personal mencionado destinada a hacer cumplir la ley y mantener o restablecer el orden público o la seguridad pública interior.
Esta facultad se puede ejercer a través de medios físicos, mecánicos, cinéticos, químicos, eléctricos o de otro tipo, con el objeto de coaccionar o influir en el comportamiento de una persona, o causar daños materiales. Destaca, además, que su uso puede provocar lesiones e incluso la muerte.
Principios y deberes RUF
Durante el trámite en el Senado, se modificaron una serie de artículos de la norma. Entre ellas, las definiciones hechas por la Cámara respecto de los principios de legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad. Además, se eliminó el principio de rendición que establecía que los procedimientos y acciones de uso de la fuerza estaban sujetos a rendición de cuentas de manera transparente. El objetivo era permitir su adecuada evaluación por parte de los superiores y de la autoridad civil.
Sin embargo, en dicha dirección se modificó el deber de reportar, para establecer que se deberá comunicar al Ministerio de Seguridad Pública o al Ministerio de Defensa Nacional los eventos en los que se haya hecho uso de la fuerza.
En cuanto al principio de racionalidad, este se acotó respecto de lo propuesto por la Cámara. Así, se señala que la fuerza debe ejercerse racionalmente por parte del personal, considerando las circunstancias, el lugar y el contexto.
También se modificaron las definiciones de los deberes del personal de las Fuerzas de Orden, Seguridad Pública y Armadas en los casos correspondientes. Entre ellos, el de protección y resguardo de niños, niñas y adolescentes (NNA). Aquí se establece que el personal deberá actuar considerando el interés superior de los NNA, de conformidad con lo dispuesto en la ley.
Retiro de la urgencia
Tras el informe del proyecto, rendido por el diputado Andrés Longton, tomó la palabra el ministro de Seguridad Pública, Luis Cordero. En su intervención, detalló el trabajo legislativo en la Comisión de Seguridad Ciudadana, realizado en dos jornadas, para conocer las modificaciones del Senado a las RUF. Comentó que, frente a las dudas expresadas en dichas sesiones, se decidió retirar la urgencia a la tramitación de la propuesta.
El secretario de Estado señaló que el objetivo del Gobierno es que el proyecto avance. Pero, como existen dudas razonables de las y los diputados de respaldarlo, el Ejecutivo prefiere dar más tiempo para resolverlas.
Esta medida fue criticada por parlamentarios de oposición, que señalaron que esta decisión responde al rechazo por parte de sectores oficialistas de no incluir el principio de proporcionalidad y su desacuerdo con otras normas.