“Respetar y promover los principios y derechos de trabajadoras y trabajadores en el ámbito de las relaciones laborales, en particular, el derecho a la seguridad y la salud en el trabajo” es el objetivo central del proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio N° 155, sobre Seguridad y Salud de los Trabajadores, adoptado en la 67a. Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, el 22 de junio de 1981.
El proyecto de acuerdo -que fue ratificado por 26 votos a favor, 8 en contra y 3 abstenciones- fue analizado por la Comisión de Relaciones Exteriores, presidida por el senador José Miguel Insulza, quien detalló que durante su estudio concurrieron, entre otros, representantes de los empleadores y de la SOFOFA.
El legislador indicó que se discutió sobre la importancia de la ratificación del acuerdo para el desarrollo de un entorno laboral seguro, saludable y en línea con los compromisos internacionales asumidos por el país y la relevancia de garantizar la seguridad y salud en el trabajo a través del ordenamiento jurídico nacional, avanzando hacia una cultura preventiva.
Se recordó que este es “un convenio antiguo de la Organización Internacional del Trabajo, que trabaja de forma tripartita”.
Sobre el fondo, se recalcó que “no es solo un compromiso con la justicia social, sino que también es una medida urgente para reducir accidentabilidad y mejorar las condiciones laborales”.
“Acá no se está encareciendo nada, ni vulnerando el derecho a emprender, ni al crecimiento económico”, se reforzó.
Del acuerdo se desprende que “el efecto concreto de esta declaración es que los Estados miembros de la OIT, independientemente de su nivel de desarrollo económico, se comprometen a respetar y promover estos principios y derechos en el ámbito de las relaciones laborales. En este sentido, destaca que cada uno de los cinco principios y derechos fundamentales referidos se encuentra asociado un conjunto de convenios de la OIT”.