La Tercera Sala de la Corte Suprema en sentencia del 1 de julio de 2024, Rol 245257-2023, revocó un fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso y rechazó un recurso de protección, sosteniendo que las expresiones publicadas en contra del recurrente y disponibles en los buscadores de la empresa Google Chile Inc., se trata de alusiones genéricas de acosador hacia el actor pero sin especificar actos concretos que se le atribuyan» no vulneran derecho a la honra.
El fallo argumentó que «analizadas las expresiones transcritas, efectivamente, ellas pueden ser ofensivas o poco amables hacia el recurrente, pero en concepto de esta Corte no resultan de una entidad suficiente para ser consideradas como vulneratorias del derecho constitucional contemplado en el Nº4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, y tampoco de su derecho a la vida o integridad física o psíquica, teniendo para ello en consideración el contexto temporal y vivencial de los partícipes a la época en que aquellas expresiones fueron vertidas -2017-«.
Agregó que «en efecto, según los dichos del actor, la situación se produjo entre una “ex pareja” y la amiga de esta última, mientras se encontraban en plena etapa universitaria, a lo cual se debe agregar que las publicaciones cuestionadas, realizan alusiones genéricas de acosador hacia el actor, pero sin especificar actos concretos que se le atribuyan, es decir, se trata más bien, de la particular opinión que tienen las personas que publicaron los comentarios, respecto de la persona y no de una acusación seria en su contra, porque se insiste, en el relato nada se le imputa en concreto al recurrente. Que, en este escenario, no se aprecia una necesidad de cautela urgente, en razón de haberse materializado la privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales objeto de este recurso, todo lo cual lleva necesariamente a su rechazo«.