La Comisión de Emergencia, Desastres y Bomberos inició la discusión del proyecto que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, y otros cuerpos legales, para exigir la instalación de detectores de humo en viviendas nuevas y otras edificaciones (boletín 16.919).
En la instancia legislativa expuso el diputado Ricardo Cifuentes (DC), comocionante de la iniciativa. Señaló que el proyecto busca modificar la citada ley con la intención de establecer medidas que prevengan la propagación de incendios residenciales.
Acotó que se propone que el diseño de obras de urbanización y edificación de viviendas nuevas contemple la incorporación de dispositivos de detección de humo, y su respectivo sistema de alarma.
Además, estos detectores deberán contar con una autonomía mínima de 10 años y estar presentes al menos en cada una de las plantas de la construcción. Un reglamento del Ministerio de Vivienda determinará las condiciones técnicas de estos dispositivos.
Agregó que también el texto plantea que los arrendatarios tendrán derecho a que las viviendas en los predios arrendados cuenten con un dispositivo de detección de humo y su respectiva alarma sonora. En caso de que las viviendas no cuenten con estos detectores, el arrendatario podrá instalarlos con cargo a la renta acordada con el arrendador.
En el caso de construcciones como hoteles, residenciales y establecimientos similares, y sin perjuicio de lo establecido en otros cuerpos legales, estos recintos deberán contar con los mencionados dispositivos en cada una de las habitaciones.