La Contraloría General de la República dio a conocer el 5 de julio, el dictamen N°E508863, de 2024,que imparte instrucciones para precisar el alcance de las normas establecidas en el artículo 100 de la Ley N°21.647, que otorga un reajuste general de remuneraciones de las y los trabajadores del sector público.
En el documento, elaborado por el Departamento de Previsión Social y Personal, se establece que a contar del 1 de junio se deben reajustar en un 0,5% las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero imponibles para salud y pensiones, o no imponibles de quienes trabajan en el sector público, incluidos médicos, cirujanos, farmacéuticos o químicos farmacéuticos, bioquímicos y cirujanos dentistas (profesionales regidos por las leyes N°15.076 o N°19.664), y el personal del Congreso Nacional, (acuerdo complementario de la ley N°19.297).
También se señala que esta actualización no rige para las asignaciones familiar y maternal, establecidas en el decreto con fuerza de ley N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Se precisa que las cantidades que resulten de la aplicación del porcentaje de reajuste deben expresarse y girarse en cifras enteras (artículo 26 de la ley N° 18.267).