Sigue votación de Registro de personas ausentes por desaparición forzada

La Comisión de Derechos Humanos inició la votación del articulado del proyecto que introduce la calificación jurídica de ausente por desaparición forzada y crea un registro especial (boletín 15338).

La iniciativa se originó en moción de la diputada Lorena Pizarro (PC), junto a María Candelaria Acevedo (PC), Nathalie Castillo (PC), Carmen Hertz (PC), Tomás Hirsch (PAH), Camila Musante (IND), Jaime Naranjo (PS) Emilia Nuyado (PS), Alberto Undurraga (DC) y Ericka Ñanco (RD).

El gobierno presentó una indicación sustitutiva que incluyó nuevos elementos, los que comenzaron a votarse en forma detallada, junto a indicaciones parlamentarias. El subsecretario del ramo, Xavier Altamirano, sostuvo que el proyecto es complementario al Plan de Búsqueda de Personas Detenidas Desaparecidas.

Así, la instancia aprobó crear la calidad jurídica de persona ausente por desaparición forzada, la que constará en un registro y sus efectos los regulará esta ley.

El Estado reconocerá dicha calificación a la persona que fue víctima de alguna forma de privación de libertad por agentes del Estado. O bien, de personas o grupos que hayan actuado con autorización o aquiescencia estatal.

Además, se contempla que existió una negativa a reconocer dicha privación de libertad o el ocultamiento de la suerte o paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola de la ley. Todo esto durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.

Registro especial

En particular, la norma indica que se reconocerán jurídicamente como personas ausentes por desaparición forzada, aquellas personas que figuren en los siguientes instrumentos:

a) Informes de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación.

b) Informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (Ley 19.123).

c) Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura.

d) Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.

e) Otros informes o instrumentos de comisiones u organismos de la misma naturaleza. Al respecto, la comisión aprobó por unanimidad una indicación del diputado Johannes Kaiser que añade que “sean creados o reconocidos por ley”.

f) Y, por sentencias judiciales firmes de los Tribunales de Justicia.

Quedó pendiente para continuar en una próxima sesión el punto g) respecto a que la Subsecretaría de Derechos Humanos pueda incorporar en la nómina a personas que no estén en los listados anteriores.

Al respecto, las y los parlamentarios buscan que no exista “discrecionalidad” sobre el tema. Por lo que se acordó consensuar una nueva redacción con el Ejecutivo.

Últimas sentencias