Decreto modifica normas que establecen mínimos de contaminación en vehículos pesados

La Contraloría General de la República tomó razón del decreto N° 50 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados.

La modificación planteada implica que los vehículos motorizados pesados, solo podrán circular por el país si es que son mecánicamente aptos para cumplir con los niveles máximos de emisión de monóxido de carbono, hidrocarburos no metálicos y gases contaminantes definidos por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos de América.

La norma entrará en vigor 18 meses a partir de la publicación del decreto en el Diario Oficial, permitiendo la homologación de los vehículos de motor y motores según lo determinado a las emisiones de los vehículos pesados EURO 6.

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