Corte Suprema emite segundo informe sobre proyecto de ley que busca combatir el sobreendeudamiento

Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 1 de abril recién pasado– analizó el proyecto de ley que “Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento”. Segundo informe sobre la iniciativa legal que fue remitido al día siguiente a la Comisión de Hacienda del Senado.

“Que, en conclusión, se consulta a la Corte Suprema en segunda ocasión el proyecto de ley que ‘Modifica diversos cuerpos legales, con el objeto de adoptar medidas para combatir el sobreendeudamiento’, específicamente, respecto de dos disposiciones que ya fueron observadas por la Corte en su Oficio 331-2023 y que exhiben una nueva versión: la modificación del artículo 5 y la incorporación de un artículo 5 bis, ambos respecto de la Ley N° 20.009”, plantea el informe.

“Respecto del artículo 5 se reitera lo observado acerca de la acumulación de autos”, releva.

Para el pleno de ministros: “En tanto, sobre el nuevo artículo 5 bis, se reitera la inconveniencia de mantener procedimientos diferenciados destinados a acreditar un mismo supuesto (el del artículo 5 y del artículo 5 bis) y de autorizar al usuario vencedor en un proceso afinado a solicitar indemnización de perjuicios ‘dentro del mismo procedimiento’. En cambio, se estima positiva la introducción de una regla expresa que resuelva el caso en que la solicitud es rechazada y los montos reclamados excedan el umbral de restitución del inciso primero del artículo 5”.

“También se reitera lo informado acerca de las hipótesis regladas de dolo o culpa grave de parte del usuario, regulación que si bien se encuentra en el nuevo artículo 5 ter, que no ha sido consultado, tienen íntima conexión con el artículo 5 bis”, advierte el oficio.

“Por último, no se debe dejar pasar la advertencia a los colegisladores respecto de la sobrecarga de trabajo que este proyecto podría producir en los juzgados de policía local, en conjunto con otras iniciativas que se encuentran en tramitación en el Congreso Nacional –por ejemplo, con el boletín 16271-03, que Mejora la protección de los derechos de las personas consumidoras en el ámbito de sus intereses individuales fortaleciendo al Servicio Nacional del Consumidor, y establece otras modificaciones que indica–, con miras a revisar un fortalecimiento de esta judicatura”, concluye.

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