Municipios podrán definir limitaciones para prevenir incendios forestales

La Cámara aprobó y envió al Senado, a segundo trámite constitucional, el proyecto que establece limitaciones y prohibiciones para prevenir incendios forestales (boletín 15742). Para ello, el texto legal modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Se trata de una iniciativa iniciada en moción. En su votación en general, obtuvo 80 votos a favor, 14 en contra y 19 abstenciones.

La propuesta dispone que el Plan Regional de Ordenamiento Territorial, el Plan Regulador o Plan Seccional señalarán los terrenos que, por su especial naturaleza y ubicación, no sean edificables. También los que tengan riesgo de incendio u otro tipo de siniestro.

Mientras no se hagan estas modificaciones, la municipalidad podrá ordenar a los propietarios de plantaciones forestales la ejecución de cortafuegos, previo informe técnico de la Conaf.

Prevención de incendios forestales

La iniciativa, además, incorpora en los planes de ordenamiento territorial; reguladores y seccionales, las zonas de interfaz urbano rural. Ello, a fin de que las autoridades competentes establezcan las prohibiciones, limitaciones y obligaciones que consideren adecuadas para la prevención de incendios forestales.

Asimismo, la propuesta prohíbe las plantaciones forestales en las áreas urbanas. En este contexto define a estas plantaciones como las originadas a través de árboles de especies exóticas, hechas por el ser humano.

El objetivo es fomentar su reemplazo por especies nativas o que sean destinadas a otros usos que disminuyan el riesgo de incendios forestales.

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