Aprueban precisiones a Ley de Copropiedad y analizan cifras por déficit habitacional

Listo para votarse en Sala quedó el proyecto que interpreta una de las normas de la nueva ley de Copropiedad Inmobiliaria, luego que la Comisión de Vivienda aprobara en general y en particular la iniciativa.

Se trata de una moción que modifica la ley N° 21.442 con el objeto de precisar que el reglamento tipo para condominio no requiere ser sometido a consulta pública ni ser sancionado por el reglamento de ese cuerpo legal.

Cabe recordar que en abril del año pasado se publicó la Ley N° 21.442 sobre copropiedad inmobiliaria que actualizó las normas que existían sobre la materia, abordando temas como la clasificación de los condominios, los contenidos de reglamentos de copropiedad, las fórmulas de resolución de conflictos, las exigencias urbanas de construcción, la creación de un registro nacional de administradores de condominios, sanciones claras y precisas para quienes no cumplan con las normas, entre otros.

No obstante, durante su vigencia se registraron algunos temas de aplicación práctica y en el caso de esta moción, de interpretación, por lo que se busca precisar que el reglamento tipo a que refiere la norma, corresponde a un instrumento flexible y modificable de acuerdo a los requerimientos que reclame el conocimiento técnico, y que, por tanto, no exige el trámite de consulta pública que se establece en la ley. Según explica la moción, esto se debe a que «la pretensión del legislador correspondió a circunscribir este trámite administrativo exclusivamente al reglamento de la ley y al del Registro Nacional de Administradores de Condominios».

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