Inician votación del articulado de proyecto que tipifica ingreso clandestino a territorio nacional

El proyecto, iniciado en moción (boletín 15261), que tipifica y sanciona el ingreso clandestino al territorio nacional comenzó su votación en particular en la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara.

La propuesta, que para sus fines modifica la Ley de Migración y Extranjería, introduce un nuevo artículo sobre delitos migratorios. Este fue objeto de una indicación sustitutiva, planteada por los mismos autores de la iniciativa, que comenzó a votarse ayer y que rebaja las penas propuestas.

El texto se refiere a la persona que ingrese al territorio nacional de manera clandestina. Ya sea, por un paso no habilitado o eludiendo el control migratorio. Dicha conducta se sancionará con la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) o multa de cinco a diez unidades tributarias mensuales (aprox. entre 317 y 634 mil pesos).

Mientras que, el extranjero que ingrese al territorio nacional de manera clandestina y, existiendo en su caso, causales de impedimento o prohibición de ingreso, se sancionará con pena de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días y 3 años).

En tanto, se castiga al extranjero que ingrese o intente salir del territorio nacional con un documento de identidad o de viaje falso o faltando a la verdad en la información requerida por la autoridad. La sanción será la expulsión del extranjero de nuestro territorio, una vez cumplida las penas señaladas anteriormente.

Lo dispuesto no se aplicará a extranjeros que reúnan las condiciones para ser reconocidos como refugiados en Chile. Esto, siempre que provengan directamente del territorio donde su vida o libertad esté amenazada. Tampoco se aplicará a niños, niñas y adolescentes o al padre, madre, guardador o persona encargada de su cuidado personal.

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