Fichas clínicas online: proponen que datos sean preservados al menos por 15 años

Considerando la necesidad de agilizar la atención de los pacientes, los integrantes de la Comisión de Salud despacharon a Sala, el proyecto que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, con el objeto de establecer la interoperabilidad de las fichas clínicas.

La norma fue analizada en particular por la citada instancia que se abocó a revisar las indicaciones presentadas.

En lo sustancial, la propuesta en primer trámite, busca sistematizar la información médica que se encuentra dispersa de los pacientes. Hoy todas las personas, a lo largo de su ciclo vital, se atienden en distintos establecimientos públicos y privados recibiendo una variada gama de prestaciones. La idea es concentrar la información en un formato online, de manera que tanto los prestadores, como el propio paciente, puedan acceder a ésta con facilidad.

Según cifras entregadas por la autoridad sanitaria, “en la atención primaria se ha digitalizado el 95% de la información clínica, un 79% de la atención de urgencia y un 60% de la atención quirúrgica y hospitalaria en general”.

LO APROBADO

De acuerdo a las indicaciones votadas en las sesiones respectivas, el texto que será conocido por la Sala plantea entre varios puntos, los siguientes:

– Se entenderá la ficha clínica, el instrumento obligatorio en el que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las distintas áreas de salud de un paciente y cuyo fin es integrar dicha información.

– El prestador estará obligado a conservar la ficha clínica de los pacientes por 15 años siendo responsable de su contenido. Un reglamento establecerá el resguardo de la información –más allá de ese plazo- en el caso de patologías complejas como cáncer, enfermedades raras y otras.

– La ficha clínica podrá configurarse de manera electrónica, en papel (pensando en la realidad de prestadores privados apartados) o en otro soporte, siempre que se asegure el registro complejo de los datos, el acceso, la confidencialidad y la autenticidad de su contenido.

– En el caso de las fichas clínicas en papel, se deberá asegurar un sistema que permita la interoperatividad de un conjunto mínimo de datos definidos por el Ministerio de Salud.

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