El presidente de la Corte Suprema, Juan Eduardo Fuentes Belmar, junto a la ministra vocera Ángela Vivanco y al ministro Leopoldo Llanos expusieron hoy -martes 28 de marzo- ante Subcomisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos de la Comisión de Expertos del proceso constitucional.
Los tres ministros forman parte de la comisión constitucional que funciona desde el año pasado en el máximo tribunal del país para relacionarse con los órganos correspondientes del proceso constituyente.
En la audiencia, que se extendió por 2 horas, el presidente Fuentes destacó la necesidad de preservar en el nuevo texto los principios fundamentales de la función jurisdiccional, como son la independencia, autonomía, inexcusabilidad, inamovilidad, entre otros.
El ministro Llanos expuso ante la subcomisión -presidida por Catalina Salem – aspectos relativos a la orgánica y gobierno judicial. La ministra Vivanco – quien se encuentra en España representando al Poder Judicial en una actividad de la Real Academia sobre Lenguaje Claro- se hizo cargo vía zoom de los temas de derechos fundamentales y su protección en sede jurisdiccional.
El ministro Llanos explicó detalles de la propuesta sobre separación de gobierno judicial y la función jurisdiccional. “Lo que hemos dicho desde hace años es que la Corte Suprema y a los tribunales de justicia, en general, se ven enfrentados a una situación de agobio por cumplir numerosas tareas que son propiamente alternativas y que no tienen que ver con la administración de justicia. Por lo tanto, hemos postulado que esas labores -que no tienen que ver con lo propiamente jurisdiccional que es conocer juzgar y resolver los conflictos sometidos al conocimiento de los tribunales a fin de cautelar los derechos de las personas- son labores que perfectamente pueden quedar entregadas a un órgano de gobierno autónomo que desde luego debe estar integrado por jueces. Sin embargo, ese órgano debe ser autónomo, independiente y por lo tanto relevaría a los tribunales de esta carga que significa abocarse a cuestiones que no son propiamente que les corresponde realizar”, determinó.
Otro de los temas tratados fue la superioridad constitucional de los tratado internacionales. “En materia de fuentes de obligaciones de derechos, sobre todo las relacionadas a los derechos humanos, los tratados y las normas internacionales tienen jerarquía supra constitucional, lo cual significa entonces que todos los jueces de la República a la hora de resolver una situación si hay una norma de derecho interno que entre en colisión con una norma internacional de derechos humanos, haciendo un control de convencionalidad puede dar aplicación a la norma de derechos humanos internacional”.