Agricultura continúa con el análisis de proyectos que sancionan y persiguen el delito del abigeato

Con el objetivo de aumentar las penas dispuestas al delito del abigeato, fenómeno que sufren, principalmente, personas que viven en localidades rurales, la Comisión de Agricultura continúa analizando tres iniciativas presentadas por parlamentarias/os.

Uno de los proyectos (boletín 11886) modifica el Código Penal en materia de diligencias destinadas a investigar la comisión del delito de abigeato. Particularmente, consagra una mayor amplitud de la facultad de interceptación telefónica. Así, abre esta posibilidad para las policías cuando, en su concepto, existan indicios graves de la ocurrencia de este delito y sea viable inculpar a una o más personas.

Otro proyecto (boletín 11.890) modifica el Código Penal, con el objeto de sancionar la asociación ilícita para la comisión del delito de abigeato.

El texto legal establece que aquellos que se asocien u organicen para cometer abigeato serán sancionados, además de las penas correspondientes a este delito, con las las penas estipuladas para la asociación ilícita.

La tercera propuesta (boletín 12.334) modifica diversos textos legales en materia de tipificación, sanciones aplicables y persecución del delito de abigeato.

En lo particular, establece nuevas sanciones referente a los autores, cómplices y encubridores de abigeato. Así, especifica que, cuando las especies substraídas tengan un valor que exceda las dos UTM, se aplicará, además, la multa accesoria de 20 a 50 UTM.

En sus fundamentos, pone atención que la actividad ganadera se encuentra en un débil estado de subsistencia. Por lo tanto, el abigeato constituye una amenaza para la autonomía alimentaria del país y para su patrimonio genético.

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