Corte de Apelaciones de San Miguel ordena a Gendarmería actualizar protocolos de atención de internas embarazadas

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública y le ordenó a Gendarmería implementar en el Centro Penitenciario Femenino protocolos de atención de internas embarazadas.

En fallo unánime del 2 de febrero de 2023, causa rol 45-2023, la Tercera Sala del tribunal de alzada le ordenó a la recurrida actualizar sus protocolos de actuación en la materia conforme a parámetros internacionales y disponer de los medios necesarios para brindar a las internas un oportuno y adecuado acceso a medicina obstétrica y pediátrica, y su derivación oportuna a hospitales civiles, cuando se requiera, entre otras medidas.

“Que aun cuando de la lectura del informe del recurrido, se deja en evidencia los esfuerzos desplegados por él a fin de mitigar ciertas falencias internas y que por esta vía se reclaman, lo propio de aquello implica un reconocimiento de las alegaciones efectuadas a través de este arbitrio y la efectividad de los mismos”, plantea el fallo.

La resolución agrega que: “Por lo demás, la falta de personal médico permanente, así como de ginecólogo que pueda asistir a las internas al menos una vez por semana, es un asunto conocido por esta Corte y de lo cual se ha dado cuenta en diversas oportunidades a la Dirección Nacional de Gendarmería y al Ministerio de Justicia a objeto que se adopten las medidas necesarias para subsanar tales carencias, hechos que incluso ya fueron conocidos y declarados a través del recurso de amparo Ingreso Corte 45-2022, conocido por este mismo tribunal de alzada”.

“Que por último y no menos importante corresponde indicar que la responsabilidad administrativa que pueda caber a funcionarios y autoridades de la institución recurrida de Gendarmería por los hechos que se denuncian en la acción de amparo de que se trata debe ser definida mediante la debida sustanciación del procedimiento sumario administrativo respectivo”, añade.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) en consecuencia, encontrándose vulnerada la seguridad individual de las mujeres que se encuentran privadas de libertad en el Centro Penitenciario Femenino San Miguel, esta Corte queda obligada a adoptar las medidas pertinentes para restablecer el imperio del derecho, en la forma que se indicará en lo resolutivo de esta sentencia”.

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