Proyecto que regula aplicaciones de transporte se resolverá en comisión mixta

En una comisión mixta se tendrán que resolver las diferencias con el Senado respecto del proyecto que regula el servicio de las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros (boletín 11934), ello luego que la Sala de la Cámara rechazara dos de las modificaciones planteadas al texto despachado previamente.

En el debate, algunos legisladores anticiparon su decisión de no apoyar dichas normas. Una de ellas refiere al plazo entregado a los conductores para adquirir la licencia profesional (18 meses). La otra indica que no será exigible la antigüedad máxima de los vehículos de tres años durante los primeros 36 meses de aplicación de la ley. En particular se criticó que los plazos eran excesivos, lo que restaba igualdad de condiciones con gremios similares, como el de taxis-colectivos.

En la votación, el punto se votó separadamente por solicitud del diputado Jaime Saéz (RD) y se rechazó al no reunir los votos necesarios de aprobación. El resto de las normas modificadas se aprobó por 120 votos a favor, 6 en contra y 18 abstenciones.

Lo anterior se condijo con el ánimo general expresado en la Sala, favorable a regular esta actividad. Especialmente, se destacó el hecho que las aplicaciones funcionan hoy sin un respaldo normativo. Ello impacta en materias de seguridad para los conductores y usuarios. Además, resaltaron que iguala condiciones con otros rubros del transporte de pasajeros.

Participaron en el debate Daniel Lilayu (UDI), Marcos Ilabaca (PS), Marta Bravo (UDI), Leonardo Soto (PS), Jorge Alessandri (UDI), Francisco Undurraga (Evópoli), Christian Matheson (IND), Fernando Bórquez (UDI), Jorge Guzmán (Evópoli), Rubén Darío Oyarzo (PDG), Leonidas Romero (IND), Juan Antonio Coloma (UDI), Sergio Bobadilla (UDI) y Johannes Kaiser (IND). Por el Ejecutivo expuso el ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz.

Normas aprobadas

En las disposiciones aprobadas se determina que las citadas aplicaciones se considerarán como empresas de transporte remunerado de pasajeros. Así, se entenderá que la plataforma forma parte integrante de un servicio global cuyo elemento principal es un servicio de transporte.

La propuesta define que estas empresas tendrán la obligación de inscribirse en un registro de Empresas de Aplicación de Transporte (EAT) a cargo de la Subsecretaría de Transportes. En él se consignarán informaciones de la empresa y de los vehículos y conductores asociados.

Sobre esta materia, el Senado agregó que este sistema será electrónico. Además, hace alcances sobre el registro mismo. Una de las enmiendas, por ejemplo, exige que los vehículos solo estén inscritos en una de las regiones en las cuales se encuentre registrada la EAT. Otra establece que la falta de los antecedentes requeridos o su consignación parcial inhabilitará la inscripción.

Las condiciones señaladas se suman a las que estaban previamente. Ellas exigen que las EAT estén constituidas en Chile, mantengan una plataforma digital e informen sobre la tecnología disponible. Se adiciona la individualización de los representantes legales, así como la descripción de servicios y conductores habilitados. También determina el área de operación, entre otros aspectos.

En el marco de requisitos de prestación del servicio, el texto pide que se contraten seguros para los vehículos, conductores, pasajeros y terceros. Las empresas deberán ser personas jurídicas, ser del giro de transporte remunerado de pasajeros y contar con un canal de consulta y reclamos.

Asimismo, demanda informar al usuario la tarifa en forma previa, la que no podrá variar. Por otra parte, solicita que solo se registren vehículos de propiedad de personas naturales. Del mismo modo, pide que no se registren más de dos vehículos totales en el registro por cada propietario. En todo caso, se permite que puedan operar en distintas EAT.

Con el fin de velar por la seguridad de los pasajeros, se establece que los conductores deben contar con una licencia profesional . Junto a ello, se solicita no tener en su certificado de antecedentes especiales anotaciones por delitos de connotación social.

Por otra parte, se requiere al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que el citado registro se publique en su sitio web. Para ello dispondrá de un plazo de tres meses, una vez constituida y registrada la plataforma.

También se obliga a las empresas a entregar información al conductor sobre el recorrido, destino, tiempo de viaje, nombre y calificación. Adicionalmente, comunicar si se pagará en efectivo o mediante tarjeta bancaria.

Paralelamente, se determinan exigencias de información sobre el servicio prestado para conductores, propietarios y usuarios. De igual manera, las EAT deberán contar con un registro propio de identificación de usuarios. Este podrá ser solicitado por el Ministerio Público, Carabineros y PDI, en caso de la comisión de un delito en el uso del servicio.

Además, el Senado requirió que la plataforma permita el monitoreo permanente del viaje por parte del usuario. Junto a ello, disponer de un medio de reporte de urgencia.

Exigencias técnicas y para conductores

La iniciativa define diversas exigencias para los conductores. Entre las propuestas por el Senado están las relativas a tomar nuevos viajes. También se especifica que tener anotaciones relativas a delitos podrá ser objeto de eliminación del registro oficial.

Otros aspectos refieren a la aprobación de revisión técnica cada seis meses y antigüedad máxima de operación de los vehículos. Asimismo, se establecen las causales de infracción para las empresas y conductores. Ente ellas se citan, por ejemplo, operar sin encontrarse en el registro oficial; entregar información falsa o adulterada; no cumplir con los requerimientos de los vehículos; suplantar al conductor; alterar el mecanismo de cobro; recoger pasajeros sin concertar viajes mediante la EAT.

En línea con lo anterior, se establecen los montos a aplicar en caso de las diversas infracciones relativas a esta ley.

Por último, entre otras variadas normas, se determinan las fechas de entrada en vigencia de algunas de las disposiciones o condicionantes.

¡Suscríbete ahora!

Jurisprudencia, legislación, doctrina, práctica y noticias. Todo en un solo portal.