Comisión de la Familia rechazó legislar respecto de regulación del síndrome de alienación parental

La Comisión de la Familia rechazó la idea de legislar sobre el proyecto que modifica las leyes 19.968 y 20.066, en el sentido de considerar el síndrome de alienación parental como acto constitutivo de violencia intrafamiliar (boletín 10516).

En tal plano, el texto se presentará ante la Sala de la Corporación con informe negativo. Sin embargo, cabe resaltar que este planteamiento no es vinculante y la Sala será soberana en su determinación.

Desde la comisión estuvieron por rechazar el texto o archivarlo, puesto que no había consenso para que la iniciativa prosperara. Esto, ya que los argumentos versaban en que la propuesta se contrapone a otras iniciativas que van en la línea de resguardar el interés superior de niños, niñas y adolescentes.

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, señaló que es un hecho preocupante incluir como síndrome, a nivel legal, algo que no ha sido constatado de manera científica.

Reiteró que el proyecto de ley no pone a los niños y niñas como objeto de derechos, sino que los considera objetos. Además, indicó que el texto carece de precisiones lingüísticas necesarias para incluir acciones.

“Con esto estaríamos consagrando algo que ocurre de manera muy desregulada (…). Este proyecto de ley tendría un efecto nocivo para los fines que perseguimos con nuestros proyectos de ley. Nuestra posición es que este proyecto se rechace”, argumentó la secretaria de Estado.

Síndrome de alienación parental

El Ejecutivo afirmó que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) es un constructo ideado por médicos psicoanalistas estadounidense, quienes lo inventaron en 1985. La idea era utilizarlo, inicialmente, como instrumento de defensa de padres acusados de agresiones sexuales.

El SAP sostiene que uno de los progenitores del niño/a inocula un relato. En tal sentido, le hace creer que fue víctima de un abuso sexual por parte de su otro progenitor, agresión sexual que nunca habría ocurrido. Por eso se utiliza el término “alienación”, debido a que el progenitor “alienaría” el cerebro de su hijo/a creando falsos recuerdos.

Sobre esto, se afirmó que no existe evidencia científica alguna que respalde este supuesto. De este modo, se confirma que el niño o niña daría un testimonio influenciado por la madre (u otro familiar) e inducido a mentir.

Por otro lado, la comunidad científica argumentó que siempre ha sido rechazado por no cumplir los mínimos necesarios para ser un síndrome.

“Actualmente, este pretendido síndrome se utiliza recurrentemente para desacreditar las denuncias de violencia de género realizadas por mujeres en contra de sus agresores y padres de sus hijos e hijas”, resalta el documento.

La instancia también recibió a Verónica Vymazal, vicepresidenta de la Asociación Nacional de Magistradas/os, quien concordó en que existe poca evidencia científica que respalde el síndrome.

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