A tercer trámite proyecto que automatiza las infracciones de tránsito

Poniendo énfasis en la necesidad de generar un cambio conductual en los automovilistas, la Sala aprobó en particular el proyecto que crea un sistema de tratamiento automatizado de infracciones del tránsito.

Tras una serie de votaciones en las que los legisladores acotaron la redacción del texto, éste quedó en condiciones de ser revisado por la Cámara de Diputados y Diputadas. En el tercer trámite se decidirá si los cambios son aprobados, de lo contrario, se conformaría una Comisión Mixta.

La propuesta es conocida como ley CATI porque crea un Centro Automatizado de Tratamiento de Infracciones (CATI). Se genera en la Subsecretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la División de Fiscalización del Transporte y Tratamiento Automatizado de Infracciones de Tránsito, que será la encargada de:

Gestionar el sistema informático y administrativo que permitirá la gestión electrónica de tratamiento de infracciones y de los pagos respectivos.

Mantener la operación y desarrollo del equipamiento, sistemas y aplicaciones necesarios para el procesamiento automatizado de las infracciones de tránsito que sean susceptibles de ser captadas mediante equipos de registro automáticos.
Cursar y tramitar las infracciones a los propietarios de los vehículos que sean detectados contraviniendo las disposiciones de la presente ley por la red de dispositivos de tratamiento de infracciones.
Definir, organizar y publicar las zonas de control mediante la red de dispositivos.

VOTACIONES

Con 40 votos a favor y una abstención, los congresistas aprobaron las normas que fueron respaldadas por unanimidad por las comisiones de Transportes y Telecomunicaciones, y de Hacienda. Luego se hicieron votaciones sucesivas para respaldar el siguiente texto:

“En ningún caso la cantidad de los dispositivos instalados ni su localización podrá generar privación, perturbación o amenaza a las garantías fundamentales que la Constitución Política de la República garantiza a todos los ciudadanos, especialmente a aquellas relativas al respeto y protección de la vida privada, la protección de los datos personales y la inviolabilidad del hogar.

Los requerimientos técnicos, de fiabilidad y certeza que deban cumplir los dispositivos automatizados de registro de infracciones de tránsito deberán ser especificados mediante un reglamento del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

La Subsecretaría de Transportes remitirá los antecedentes de las contravenciones detectadas al Juzgado de Policía Local competente, y no podrá otorgar la posibilidad de realizar el pago anticipado de la multa cuando de la infracción cometida se haya derivado inmediatamente la ocurrencia de un accidente de tránsito o la producción de daños a terceros”.

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