Importantes avances en el ámbito jurisprudencial en materia laboral expuso la ministra de la Corte Suprema y académica de la Universidad de Chile, María Cristina Gajardo, en el Seminario “Última jurisprudencia laboral 2022”, organizado por la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica (PUC).
La actividad se efectuó el martes 21 de diciembre en la UC y participaron, además, la ministra del Tribunal
Constitucional María Pia Silva y el abogado Álvaro Cruz, profesor de Derecho de la PUC. El profesor Francos Tapia fue el moderador.
En su exposición, la ministra Gajardo explicó que la Cuarta Sala de la Corte Suprema se encuentra realizando un examen estricto de admisibilidad de recursos de unificación de jurisprudencia, cuando ya se ha establecido una línea jurisprudencial.
Señaló la ministra Gajardo que la técnica del precedente uniforme persigue “la unificación de jurisprudencia, es decir, resolver la dispersión de pronunciamientos de los tribunales de justicia en una misma materia de derecho”.
“Es un muy buen ejemplo de precedente interno, que obliga a un mismo tribunal (la Corte Suprema) a fallar conforme a sus líneas jurisprudenciales ya definidas, lo que se traduce en coherencia”, agregó.
Ejemplificó con que ello ha permitido resolver algunos asuntos en clave de lege ferenda, por ejemplo: Prohibición de reemplazo en huelga y reconocimiento de acción de tutela de derechos fundamentales a funcionarios públicos, en que luego de los criterios adoptados en fallos de la Corte Suprema, se han dictado leyes que resuelven los inconvenientes.
“Hace un tiempo comenzó en la Cuarta Sala de la Corte Suprema un trabajo de recopilar las líneas jurisprudenciales en materia laboral, para poder satisfacer mejor las finalidades del recurso, trabajo que ya está concluido en lo que es el registro de fallos histórico y hoy se actualiza periódicamente”, dijo.
“Con ello se facilita el examen de admisibilidad de los recursos de unificación en lo relacionado con los requisitos del artículo 483 – A del Código del Trabajo y más concretamente aquel que exige evidencia de dispersión jurisprudencial, que no existe cuando ya existe una doctrina unificada.