Cámara respaldó acuerdo que añade nuevos crímenes de guerra al Estatuto de Roma

Por 134 votos a favor, 3 en contra y 1 abstención, la Sala de la Cámara aprobó las enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (boletín 15329). Su objetivo es tipificar tres nuevos crímenes de guerra bajo su competencia.

Estas enmiendas están destinadas a tener aplicación en caso de conflicto armado, sean de carácter internacional o de disputas que no sean de dicha índole.

Las tres nuevas figuras incorporadas al artículo 8 del Estatuto son:

Emplear armas que utilicen agentes microbianos u otros agentes biológicos o toxinas; independiente de su origen o modo de producción.
Utilizar armas cuyo efecto principal es lesionar mediante fragmentos que no puedan ser localizados por Rayos X en el cuerpo humano.
El uso de armas láser específicamente concebidas, como única o una más de sus funciones de combate, para causar ceguera permanente.

Se precisa que, en el primer caso, este uso ya se encuentra incorporado en la Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción y el Almacenamiento de Armas Bacteriológicas (biológicas) y Toxínicas y sobre su destrucción.

Las dos restantes, en tanto, se encuentran proscritas en la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados.

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