Aprueban en general proyecto sobre abandono parental o marental de niños, niñas y adolescentes

La Comisión de la Familia aprobó la idea de legislar del proyecto que modifica la Ley sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias (boletín 15138). Su objetivo es regular los efectos del incumplimiento del régimen de relación directa y regular establecido con los menores.

La norma determina que toda madre, padre o cuidador de niños, niñas y adolescentes (NNA) podrá solicitar la suspensión del régimen comunicacional, judicial o convencional en caso que no se dé cumplimiento por un período de tiempo igual o superior a seis meses o con cumplimiento de forma esporádica por el lapso de un año.

Para solicitar dicha suspensión se deberá citar a una nueva mediación de acuerdo para exponer el daño psicológico y emocional de los NNA. Sobre el punto, se concientizará respecto de las obligaciones con la corresponsabilidad e interés real de generar lazos.

Si del proceso anterior no existe acuerdo, se procederá a la solicitud de suspensión, independiente que exista o no deuda por pensión de alimentos. Los antecedentes del incumplimiento se enviarán al Registro Nacional de Violencia Intrafamiliar.

El incumplimiento se acreditará acompañando a la solicitud de suspensión del régimen, las constancias reportadas a través de comisaría judicial virtual. El trámite también se podrá realizar a través del portal web del Poder Judicial. Se podrá acompañar, además, cualquier otro antecedente que dé cuenta del incumplimiento del régimen.

¡Suscríbete ahora!

Jurisprudencia, legislación, doctrina, práctica y noticias. Todo en un solo portal.