“Proteger y garantizar el derecho al acceso y a la libre información, como parte fundamental de la libre expresión, sin censura previa reconocida por la Constitución Política” es el objetivo del proyecto aprobado en general por la Cámara, por 89 votos a favor, 13 en contra y 33 abstenciones.
La iniciativa -originada en una moción en la Cámara- (boletín 12500) modifica la Ley 19.733, sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo. Su objetivo es garantizar el derecho a la libre información de interés público y general. Para ello, procura consagrar la importancia social de la difusión e impedir que se restrinja su ejercicio.
El texto señala que se reconoce el derecho a ser informado sobre los hechos de interés general. Igualmente, que las personas tengan derecho a difundir, directamente, información sobre hechos de interés general. Ello podrá realizarse de manera oral, escrita, audiovisual o a través de otros medios aptos o idóneos, sin previa autorización, ni pago de derechos u otros cargos.
La difusión de información sobre hechos de interés general no podrá tener un fin publicitario o afectar derechos de terceros.
Agrega que ninguna autoridad podrá limitar este derecho ni exigir otros requisitos que no estén previstos en la ley para su ejercicio.
El texto, por ser objeto de indicaciones, vuelve a la Comisión de Cultura, Artes y Comunicaciones para el análisis de su articulado.
Fundamentos
Los autores de la moción, ingresada en marzo de 2019, indican que el derecho a difusión de información de interés público y general debería contar con una protección suficiente. Esto, para impedir que se establezcan prohibiciones o restricciones ilegítimas que impidan su ejercicio, tal como lo establece la Constitución y los tratados internacionales.
Lo anterior se sustenta en la detección de requisitos impuestos por autoridades y la exigencia de pago de derechos. Ello, a través de ordenanzas municipales sobre publicidad y propaganda, hecho que, según la Contraloría, no se ajustaría a derecho.