La Corte de Apelaciones de Concepción en fallo del 24 de abril de 2023, Rol 41-2023, señaló que el despido de una cajera de supermercado por necesidades de la empresa es injustificado si se funda en aumento de ventas online.
Indicó que “la sentencia rechaza la defensa de la demandada porque, en definitiva, no se acreditó la veracidad de los hechos imputados en la comunicación de despido y al amparo de lo dispuesto en el artículo 454 N°1 inciso segundo del Código del Trabajo y, es así como establece que, no se acreditaron los otros hechos invocados en la carta para justificar el motivo o necesidad para la implementación de un modelo de distribución y organización del trabajo distinto, particularmente, un supuesto aumento de ventas online sobre medios físicos que se enuncia, sin que entonces el fallo se funde en circunstancias que no constituyen la causal invocada, como argumenta la recurrente, y sin incurrir, por lo mismo, en alguna infracción a lo dispuesto en el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, que contempla la causal de necesidades de la empresa”.
Añadió que “el fallo tampoco infringe lo previsto en el artículo 162 inciso primero del Código del Trabajo, que regula la forma de comunicación del despido y sus requisitos; pues como se ha resuelto por el Máximo Tribunal, en la carta de despido se deben expresar tanto la o las causales invocadas como los hechos en que se funda, debiendo exponerse de manera específica y no genérica y, sólo en este último caso, el trabajador se encontrar en condiciones de reclamar del despido, debiendo probar en el juicio esos hechos la parte demandada (Así se ha decidido: v.gr. roles 10.636-2014, 20.059- 2019, 24584-2021, 147.540-2022) y es un hecho establecido en el proceso, que la sociedad demandada no acreditó todos los hechos invocados en la carta de despido el que entonces, atendida la causal invocada, resulta improcedente”.