Aludiendo a las preguntas formuladas por la juez presidente del tribunal oran en lo penal la Segunda Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de nulidad en sentencia del 20 de marzo de 2023, Rol 25288-2022.
Argumentó el fallo que la falta de imparcialidad personal o subjetiva pesquisada, se evidencia en el sesgo con el cual la juez presidente enfrentó las denominadas preguntas de encuadre para facilitar el interrogatorio del ente persecutor, desbordando el ámbito de competencias que conlleva el ejercicio de la labor jurisdiccional (tercero imparcial y objetivo), motivación que desde luego pone en jaque el principio acusatorio y modelo adversarial que caracteriza el proceso penal.
El fallo razonó que “en el caso de autos, la duda sobre la imparcialidad del tribunal en que descansa la causal principal del recurso en examen, viene dada por las preguntas y aseveraciones efectuadas a la víctima del delito investigado, por parte de la señora juez presidente, destinadas a facilitar el interrogatorio del ente persecutor, de cuyo tenor se desprende —en opinión de la defensa— que carecía de la imparcialidad necesaria para conocer del juicio oral, al haber perdido su posición equidistante ante el proceso.
Resulta necesario precisar, las circunstancias fácticas antes descritas en que se ha hecho consistir la infracción de garantías constitucionales, no han sido motivo de controversia entre los intervinientes, encontrándose además, establecidas con el mérito de la prueba de audio incorporada por la defensa en la audiencia en que se realizó la vista del recurso”.
Concluye indicando que “en lo medular, los registros de audio incorporados dan cuenta de ciertas aseveraciones expuestas por parte de la señora juez presidente, quien le señaló a la ofendida “que te sirva a ti para soltar, para sanar y para avanzar en tu vida”, agregando que “las preguntas que se te están realizando que tú ya sabes que son en relación a algo que habría pasado con tu padre”.