Falta de detección de cardiopatía que afectaba a menor hace responsable a hospital

Por medio de sentencia del 16 de diciembre de 2022, Rol 5534-2022, la Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a un establecimiento de salud al no detectar una cardiopatía que afectaba a una menor.

Indicó el fallo que “aun cuando la demandada posteriormente refiere en su recurso de apelación haber practicado el examen denominado oximetría de pulso, que habría tenido un resultado normal, lo cierto es que la misma parte reconoció que la niña y su madre fueron dadas de alta sin un diagnóstico que, según sus propias afirmaciones vertidas en la contestación, podría haberse obtenido luego del parto, lo cual propició el agravamiento de la paciente y aumentó las complicaciones posteriores, especialmente su exposición a infecciones, riesgo que, por lo demás, se materializó mientras ella se hallaba internada en el hospital demandado.

Tal confesión – en el sentido que la paciente fue dada de alta sin que fuera diagnosticada la cardiopatía que la aquejaba, en circunstancias que ello era posible y necesario – lo cual trajo como consecuencia que la detección fuera tardía y se produjeran las consecuencias anteriormente detalladas, no ha sido revocada a lo largo del proceso, pues en el recurso de apelación se reconoció el yerro en cuanto al lugar de nacimiento de la niña, manifestando ahora que sí se había practicado la oximetría de pulso y la revisión por dos médicos, pero sin discutir que, aun con dicho examen, el diagnóstico no fue realizado”.

Agregó que “en efecto, resultó acreditado que ninguna de aquellas actuaciones resultó apta para detectar una cardiopatía que pudo haber sido descubierta oportunamente, lo cual habría permitido iniciar el tratamiento médico preventivo que evitara infecciones y le permitiera alcanzar el peso adecuado para su cirugía futura.

En consecuencia, tal como acertadamente viene resuelto, la falta de detección de la cardiopatía guarda una relación de causalidad directa con el agravamiento de ésta y el posterior fallecimiento de la paciente, configurándose así la falta de servicio imputada que, a su vez, provocó el daño moral demandado, con cuya evaluación esta Corte concuerda”, concluyó.

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