Corte Suprema ordena abonar a condena el tiempo de arresto domiciliario en causa diversa

La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensa y ordenó el abono del tiempo que su representada permaneció sujeta a la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno en una causa diversa a la que resultó condenada.

En fallo unánime del 13 de octubre de 2022, Rol 121275-2022, la Segunda Sala del máximo tribunal estableció error interpretativo en la sentencia impugnada, al rechazar la solicitud.

“Que, en tal entendido, al desestimar el tribunal recurrido la petición de la defensa de reconocer como abono a la pena impuesta, el tiempo que la amparada se ha mantenido en la causa sujeta a una medida de privación parcial de libertad, se aparta del entendimiento que por aplicación del artículo 5 del Código Procesal Penal debe hacerse del artículo 348 de ese texto normativo, interpretando esta última disposición en perjuicio del imputado, en contra de la garantía fundamental involucrada y en un sentido que la ley no prevé, ya que dicho precepto no establece que el lapso de 12 horas a que se refiere deba ser cumplido dentro de un mismo día o en forma continua, como erradamente concluyó el fallo impugnado”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que de esta manera, la resolución judicial reclamada por esta vía afecta indebidamente la libertad personal de la persona en cuyo favor se acciones, en cuanto se la priva de disminuir el tiempo efectivo de su condena, lo que autoriza a esta Corte para restablecer el imperio del derecho reconociendo, proporcionalmente, el tiempo de privación de libertad que, por concepto de la medida cautelar de arresto domiciliario nocturno, purgó en la causa en que incide el recurso”.

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